jueves, 6 de septiembre de 2012

ALGUNOS FUNDAMENTOS LEGALES, CÍVICOS Y MORALES QUE JUSTIFICAN SER UN DISIDENTE EN CUBA.




“Libertad es el derecho que todo hombre tiene a ser honrado, y a pensar y a hablar sin hipocresía. En América no se podía ser honrado, ni pensar ni hablar. Un hombre que oculta lo que piensa, o no se atreve a decir lo que piensa, no es un hombre honrado. Un hombre que obedece a un mal gobierno, sin trabajar para que el gobierno sea bueno, no es un hombre honrado. Un hombre que se conforma con obedecer a leyes injustas, y permite que pisen el país en que nació,  los hombres que se lo maltratan, no es un hombre honrado. El niño, desde que puede pensar,  debe pensar en todo lo que ve, debe padecer por todos los que no pueden vivir con honradez, debe trabajar porque puedan ser honrados todos los hombres, y debe ser un hombre honrado.
El niño que no piensa en lo que sucede a su alrededor, y se contenta con vivir, sin saber si vive honradamente, es como un hombre que vive del trabajo de un bribón, y está en camino de ser bribón. Hay hombres que son peores que las bestias, porque las bestias necesitan ser libres para vivir dichosas: el elefante no quiere tener hijos cuando vive preso: la llama del Perú se hecha en la tierra y se muere, cuando el indio le habla con rudeza, o le pone más carga de la que puede soportar. El hombre debe ser, por lo menos, tan decoroso como el elefante y como la llama. En América se vivía antes de la libertad como la llama que tiene mucha carga encima. Era necesario quitarse la carga, o morir.
Hay hombres que viven contentos aunque vivan sin decoro. Hay otros que padecen como en agonía cuando ven que los hombres viven sin decoro a su alrededor. En el mundo ha de haber cierta cantidad de decoro, como ha de haber cierta cantidad de luz. Cuando hay muchos hombres sin decoro, hay siempre otros que tienen en sí el decoro de muchos hombres. Esos son los que se rebelan con fuerza terrible contra los que les roban a los pueblos su libertad, que es robarles a los hombres su decoro. En esos hombres van miles de hombres, va un pueblo entero, va la dignidad humana. Esos hombres son sagrados.”  José Martí: La Edad de Oro.

“Dos peligros tiene la idea socialista, como tantas otras: el de las lecturas extranjerizas, confusas e incompletas, y el de la soberbia y la rabia disimulada de los ambiciosos, que para ir levantándose en el mundo empiezan por fingirse, para tener hombros en que alzarse, frenéticos defensores de los desamparados.” José Martí: Obras Completas.
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“El problema de la tierra, el problema de la industrialización, el problema de la vivienda, el problema del desempleo, el problema de la educación y el problema de la salud del pueblo; he ahí concretados los seis puntos a cuya solución se hubieran encaminado resueltamente nuestros esfuerzos, junto con la conquista de las libertades públicas y la democracia política. Quizás luzca fría y teórica esta exposición si no se conoce la espantosa tragedia que está viviendo el país en estos seis órdenes, sumada a la más humillante opresión política.” Fidel Castro: La Historia Me Absolverá.
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Tenemos derecho a la libertad de expresión; somos libres de buscar y recibir información y decir, escribir y publicar cualquier opinión que tengamos, por cualquier medio de difusión. Tenemos derecho a asociarnos con quienes deseemos y a reunirnos pacíficamente. Tenemos derecho a criticar al gobierno. Tenemos derecho a movernos dentro del territorio nacional y a salir del país y entrar libremente. Tenemos derecho a elegir a nuestros gobernantes mediante el voto libre y secreto. Tenemos derecho a un proceso penal justo si se nos acusa de algún delito. Tenemos derecho a desarrollar nuestras ideas, ganar dinero y comprar bienes que no nos pueden ser arrebatados. Ningún gobierno tiene el derecho de reprimirnos, encarcelarnos, golpearnos o crearnos miedo. Somos seres humanos libres y dignos, con sueños, aspiraciones y derecho a la felicidad. (Derechos recogidos en los Pactos Internacionales de Derechos Civiles, Políticos y Económicos, de los  que Cuba es signataria)
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 “El que, con el fin de obtener el pago de un sueldo u otro tipo de retribución material, se incorpore a formaciones militares integradas total o parcialmente por individuos que no son ciudadanos del Estado en cuyo territorio se proponen actuar, incurre en sanción de privación de libertad de diez a veinte años o muerte.” Artículo 119. 1. Código Penal: Delito de Mercenarismo.
“Sólo pueden sancionarse los actos expresamente previstos como delitos en la ley, con anterioridad a su comisión.” Artículo 2.1. Código Penal.
“Se considera delito toda acción u omisión socialmente peligrosa prohibida por la ley bajo la conminación de una sanción penal.” Artículo 8.1. Código Penal.
“Se presume inocente a todo acusado mientras no se dicte fallo condenatorio contra él.” Artículo 3. Ley de Procedimiento Penal.
“La discriminación por motivo de raza, color de la piel, sexo, origen nacional, creencias religiosas y cualquier otra lesiva a la dignidad humana, está proscrita y es sancionada por la ley.” Artículo 42. Constitución de la República.

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