martes, 30 de agosto de 2011

Delitos Contra el Honor I



En ocasiones un periodista independiente, bloguero, o ciudadano cualquiera que se atreve a expresar lo que piensa, puede verse tentado, no sin razón, a lanzarse en un discurso lleno de diatribas, descalificaciones o, como quiera llamarse a expresiones que no por merecidas son necesariamente correctas o convenientes.

Andamos, como se dice, sobre el filo de la navaja, hay que decir, pero decir bien, como profesionales de la palabra estamos obligados a contar las verdades, denunciar los atropellos, y llamar a los responsables por sus nombres aunque no les guste. Pero, existen en nuestro Código Penal los llamados Delitos Contra el Honor, que son tres, y en el presente trabajo nos la veremos con el primero de ellos.

La Difamación.

Dice el Artículo 318.1. El que, ante terceras personas, impute a otro una conducta, un hecho o una característica, contrarios al honor, que puedan dañar su reputación social, rebajarlo en la opinión pública o exponerlo a perder la confianza requerida para el desempeño de su cargo, profesión o función social, es sancionado con privación de libertad de tres meses a un año o multa de cien a trescientas cuotas o ambas.

2. El inculpado no incurre en sanción alguna si prueba que las imputaciones que hizo o que propagó eran ciertas, o que tenía razones serias para creerlas, así como que obró, o que fundadamente creyó obrar, en defensa de un interés socialmente justificado.

3. No se admite al inculpado la prueba prevista en el apartado anterior, si manifiestamente no tenía otro designio que denigrar a la víctima.

Con independencia de que hace mucho tiempo la reputación social de ciertas personas está dañada sin remedio, no merecen ningún crédito ante la opinión pública, y han perdido la confianza requerida para el desempeño de sus cargos, profesiones o funciones sociales, el comunicador no debe dejarse llevar por la pasión.

Esto no impide que tengamos todo el derecho del mundo para calificar de cobardes y faltos de hombría a los oficiales de la Seguridad del Estado y agentes de la Policía Nacional Revolucionaria que golpean mujeres amparados en su impunidad.



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martes, 23 de agosto de 2011

Del Delito y La Presunción de Inocencia



¿Esto que estoy haciendo es un delito? ¿Soy un delincuente?

A diario podemos hacernos estas preguntas ante la inseguridad o más bien el estado de indefensión en que se encuentra el ciudadano común. En realidad la mayor parte de las personas que van a parar a una unidad, sector o subsector de la Policía Nacional Revolucionaria no ha cometido delito alguno.

Incluso se dan los casos por desgracia bastante frecuentes, en que el detenido es encarcelado y mantenido durante meses en un limbo jurídico en espera de investigaciones que son solo una justificación para castigar extrajudicialmente al reo que al final puede ser puesto en libertad o sancionado a una pena simbólica equivalente al tiempo que ha pasado injustamente tras las rejas.

El Artículo 8.1 del Código Penal nos dice que: “Se considera delito toda acción u omisión socialmente peligrosa prohibida por la ley bajo conminación de una sanción penal.” Y el párrafo 2. “No se considera delito la acción u omisión que, aun reuniendo los elementos que lo constituyen, carece de peligrosidad social por la escasa entidad de sus consecuencias y las condiciones personales de su autor.”

Anteriormente, el Artículo 2.1 nos aclaraba que: “Solo pueden sancionarse los actos expresamente previstos como delitos en la ley, con anterioridad a su comisión.” Y el 2.2 “A nadie puede imponerse una sanción penal que no se encuentre establecida en la ley anterior al acto punible.”

Por su parte, el Artículo 3 de la Ley de Procedimiento Penal, se expresa de esta forma: “Se presume inocente a todo acusado mientras no se dicte fallo condenatorio contra él. Todo delito debe ser probado independientemente del testimonio del acusado, de su cónyuge y de sus familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.”

Con independencia de que nuestro país no es un estado de derecho, las autoridades deberían respetar, por decoro, sus propias normas jurídicas, pero todo lo contrario, cuando no les sirven las que tienen, las violan o sencillamente inventan otras acomodadas a sus deseos.



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martes, 16 de agosto de 2011

La Coacción



Dos ciudadanos se dirigen pacíficamente a ponerle flores en un parque a la Madre de todos los cubanos, la Seguridad del Estado, con un gran despliegue de fuerzas de apoyo provenientes de la Policía Nacional Revolucionaria y Brigadas de Respuesta Rápida, trata de impedir por la fuerza que el acto se lleve a cabo. Después de poner las flores ante el busto de Mariana Grajales, ambos ciudadanos son esposados, registrados y conducidos a una unidad de la policía.

Esta historia en Cuba se repite casi a diario, y aunque muchos no lo conozcan o parezcan no conocerlo, se ha cometido un delito contra los derechos individuales, contra la libertad personal, y se ha violado la ley por parte de los que supuestamente deberían velar por su cumplimiento.

En este caso tenemos el delito de coacción, que contrario a lo que muchos puedan creer, no es una simpleza, aunque no venga acompañado de algún ataque de “pancreatitis fulminante”. Es un acto que atenta contra la libertad de las personas en su forma más primitiva, por lo que vale la pena aclarar dos o tres cosas sobre este delito que muchas veces pasa solapado, pues la persona abusada no se da cuenta que cualquier acto como este que restrinja sus derechos, puede ser denunciado de acuerdo con las leyes vigentes en nuestro país y según palabras recientes del señor Presidente de la República, nadie está por encima de la ley.

Al respecto nos dice el Artículo 286.1. El que, sin razón legítima, ejerza violencia sobre otro o lo amenace para compelerlo que en el instante haga lo que no quiera, sea justo o injusto, o a que tolere que otra persona lo haga, o para impedirle hacer lo que la ley no prohíbe, es sancionado con privación de libertad de seis meses a dos años, o multa de doscientas a quinientas cuotas.

2. El que, por otros medios, impida a otro hacer lo que la ley no prohíbe o a ejercer sus derechos, es sancionado con privación de libertad de tres meses a un año o multa de cien a trescientas cuotas.

Cada vez que un ciudadano es impedido de caminar por cualquier calle sólo o acompañado, cada vez que se le bloquea el acceso al domicilio de otro ciudadano, cuando se le impide reunirse de forma pacífica bien sea en una casa particular o en un lugar público, cuando no se le permite salir de su casa, o cuando se le detiene y registra en la vía pública sin ser sospechoso de delito; los oficiales de la Seguridad del Estado, los agentes de la Policía Nacional Revolucionaria y los miembros de las Brigadas de Respuesta Rápida, son responsables del delito de coacción previsto y sancionado en el Código Penal vigente.

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El Recurso de Amparo



Un oficial del Departamento Técnico de Investigaciones en función de trabajo procede a registrar los bolsillos de un detenido al que previamente ha esposado. Revisa el contenido de la billetera y se introduce en el bolsillo de la camisa un carné, una libreta de direcciones y algunos documentos propiedad del detenido.

Los objetos ocupados no son declarados en la unidad de la PNR a la que es conducido, sin ser acusado de ningún delito. Al ser puesto en libertad algunas horas más tarde, no le fueron devueltos los artículos arbitrariamente tomados por el oficial.

La Ley de Procedimiento Civil, Administrativo y Laboral es terminante cuando se refiere al amparo en la posesión contra actos provenientes de particulares, autoridades u órganos administrativos.

“Artículo 401. También procederá el amparo cuando el que se halle en la posesión o tenencia de un bien, haya sido perturbado o despojado de ella fuera de actuaciones judiciales.”

“Artículo 413. Las disposiciones de esta sección serán de aplicación cualquiera que sea la persona que haya realizado el acto perturbador aunque se le atribuya a este carácter oficial, si no existe resolución expresa de la autoridad con facultades para dictarla.”

El Recurso de Amparo protege al ciudadano contra arbitrariedades como la narrada al comienzo del presente trabajo y que por desgracia son bastante comunes en nuestro país. El término para solicitar el amparo ante el Tribunal, es el de un año contado a partir del acto que ocasionó la perturbación o el despojo.



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miércoles, 10 de agosto de 2011

Legisladores Revolucionarios



Los señores Delegados de la Asamblea Nacional del Poder Popular han decidido, que para defender el socialismo de nuevo tipo que dicen estar construyendo, deben actualizar la Ley Mordaza. No se les ha ocurrido nada mejor a nuestros legisladores que regresar con nuevos bríos al 2003 con sus funestos resultados. ¿Cambiar todo lo que deba ser cambiado? Quién se acuerda de eso.

De todos es sabido que la batalla que hoy nos enfrenta, es de ideas, y las ideas no pueden ser presas ni fusiladas. Si en el 2003 era una veintena de periodistas independientes, hoy son centenares los que reportan a diario los abusos policiacos y las vicisitudes de la población. Esto es resultado directo de aquella bestialidad anticonstitucional.

La prensa independiente cubana ha demostrado al régimen gobernante, a sus vasallos y al mundo, que no hay miedo a las amenazas de Ley 88, ni a los calabozos ni a las tonfas, esta pelea es de hombres y mujeres libres contra una dictadura, no buscamos la violencia, pero tampoco le tememos.

Los 20 millones de dólares aprobados recientemente para la lucha por la democracia en Cuba no van a decidir ni mucho ni poco, hasta ahora apenas ha llegado algo de los otros millones que supuestamente estaban destinados al mismo objetivo, y sin embargo la disidencia se ha multiplicado porque la tiranía la engendra, es una reacción natural del oprimido con dólares o sin ellos.

Cuando Raúl Castro o Machado Ventura se refieren a la necesidad de que los cubanos se expresen con libertad sobre cualquier asunto concerniente a los problemas que confronta el país, no se refieren como es lógico, a los cubanos llamados “revolucionarios” los cuales, salvo excepciones, no se atreven a criticar al Gobierno, al Partido o al sistema político económico escogido, el cual ha demostrado su ineficiencia e incapacidad de generar riquezas.

Solo los llamados “asalariados del imperio”, como nos descalifica el señor Presidente, se atreven a decir las verdades sobre los errores y horrores cometidos por los gobernantes y esto él lo sabe, aunque insista en llamar “actividades contrarrevolucionarias” a la obtención y difusión por cualquier medio, de informaciones de carácter público que para nada lesionan la independencia nacional ni la economía de Cuba, sino todo lo contrario. Deseamos un país con una economía desarrollada y no dependiente de ninguna potencia extranjera, ya se llame Unión Soviética, China, Estados Unidos, o Venezuela Bolivariana.



martes, 9 de agosto de 2011

Del Mundial de Natación y Otros Desastres






No esperen medallas de ningún color en competencias importantes de natación a nivel mundial. De nada vale el llanto plañidero por las seis medallas logradas por dos países de Latinoamérica, ninguna cubana, en el último Mundial de Deportes Acuáticos.

Estoy en total desacuerdo con que la efectividad en este deporte sea directamente proporcional al producto interno bruto de cada país, y sí con la atención que se le brinde a las instalaciones deportivas.

Mientras las piscinas de las instalaciones deportivas cubanas se encuentren en el deplorable estado en que se encuentran las del Parque Martí del Vedado, es un bochorno hablar de desarrollo de los deportes acuáticos en Cuba.

Siempre se habla de coger el toro por los cuernos cuando se rehúye un tema espinoso, en el caso de las piscinas, ya es hora de que se le pateen los huevos al toro a ver si de una vez se da cuenta del desastre.

Y quien dice las piscinas, dice el tabloncillo de básquet, la pista de atletismo, los terrenos de pelota, las canchas al aire libre y las porterías de fútbol.

Si el deporte fue la cara bonita de la Revolución de Fidel Castro, hoy es el rostro de una anciana decrépita que pide a gritos que le den sepultura. La negligencia gubernamental ha provocado el derrumbe del deporte cubano.

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martes, 2 de agosto de 2011

Aprender del Pasado Mirando al Futuro

Ser cubano es más que revolucionario, más que comunista, más que fidelista, dígase cubano y ya se ha dicho todo. Así, más o menos, lo habría dicho el Apóstol al ver que el pueblo se divide hoy entre los que están con el gobierno o aparentan estarlo, y los que no, entre los de adentro y los de afuera, los que no están con el gobierno divididos en tantas facciones como sea posible; los expresos políticos y los que nunca han disfrutado de la hospitalidad del Ministerio del Interior, liberales, socialistas, socialdemócratas, democristianos, etc.

Los amigos de ayer hoy se piden la cabeza, aunque sus proyectos prodemocráticos sean casi idénticos salvo matices. Hoy como en el 68, el 95 y en cada una de nuestras guerras, guerritas y escaramuzas, la división entre hermanos, el caudillismo y el afán protagónico, minan la posibilidad de acabar con una tiranía tambaleante que se sostiene, más que por méritos propios, por los errores que desacreditan a la oposición una y otra vez, sin que parezca que algún día se llegue a aprender la lección.

Si a algún opositor no le gusta el promotor de un proyecto o el proyecto en sí, lo mejor sería que expusiera el suyo si lo tiene o callarse si no, sin entrar en la descalificación personal que perfectamente se le puede dejar a los voceros del régimen, a la Seguridad del Estado y al resto del aparato represivo que es lo único funcional del sistema.

Dentro de la oposición es lógico que existan discrepancias, pero es inaceptable que se le haga la tarea a la dictadura en lugar de buscar los puntos coincidentes donde se pueda trabajar y dejar las diferencias para más adelante, cuando quizás hayan desaparecido sin traumatismos.

Más de medio siglo de tiranía ha enseñado todo el daño que puede provocar la unanimidad, pero los políticos cubanos deben asimilar como trabajar sobre el consenso sin miedo a perder la singularidad. Democracia es libertad, pero también es respeto al oponente. La dictadura se caracteriza por la intolerancia y esto decididamente, no es algo que los aprendices de demócratas deban copiar, por el bien de Cuba.

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